La Comisión considera que es desproporcionada la normativa tributaria que obliga a declarar los bienes y derechos situados en el extranjero a través un formulario de declaración fiscal Modelo 720, con fuertes sanciones económicas para quien declare fuera de plazo o no lo haga.
Entre estas sanciones se cuentan la calificación de los activos como ganancias patrimoniales, la inaplicación de las reglas normales de prescripción y las multas pecuniarias fijas. Ahora, el organismo europeo considera que constituyen una restricción a las libertades fundamentales del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE) y del Espacio Económico Europeo (EEE).
Además, la Comisión alega que, aunque en principio estas medidas puedan ser adecuadas para alcanzar los objetivos de prevención y lucha contra la elusión y el fraude fiscal, resultan desproporcionadas.
De esta manera, ha solicitado al TJUE que declare que España ha incumplido las obligaciones que le incumben respecto al TFUE y el EE. Por otra parte, considerando que también ha incumplido la obligación informativa respecto de los bienes y derechos en el extranjero, le insta a calificar dichos activos como ganancias patrimoniales no justificadas que no prescriben y, finalmente, ha solicitado imponer una multa pecuniaria fija del 150% aplicable en caso de incumplimiento de esta obligación.
El sistema ‘Modelo 720’ fue elaborado por el exministro de Hacienda Cristóbal Montoro y aprobado por Real Decreto en 2012. Obliga a los contribuyentes a declarar sus bienes y derechos en el extranjero en el primer trimestre de cada ejercicio con fuertes sanciones en caso de no hacerlo.