El pasado martes, 14 de diciembre, se publicó el Real Decreto-ley 21/2018 de medidas urgentes en materia de vivienda y alquiler. Las principales modificaciones legales realizadas son las siguientes:
– Ley 29/1994 de Arrendamientos Urbanos
- Se extienden los plazos de prórroga obligatoria de los contratos de arrendamiento de vivienda, de 3 a 5 años, y a 7 si el arrendador es persona jurídica.
- También se amplía el tiempo de prórroga si, cumplidos los 5 o 7 años, no existe comunicación de las partes de no renovarlo, pasando de 1 a 3 años.
- Se limita la garantía adicional que se puede exigir -aparte de la fianza en metálico de 1 mes- a solo otras 2 mensualidades -hasta ahora no tenía límite-, salvo que se trate de contratos de larga duración.
– Ley 49/1960 sobre Propiedad Horizontal
- Se incrementa el importe del Fondo de Reserva de las comunidades de propietarios.
- Se posibilita que tales recursos se destinen a obras obligatorias de accesibilidad.
- Se extiende la obligación de realizar dichas obras cuando existan ayudas públicas para la comunidad que alcancen el 75% del presupuesto.
– Ley 1/2000 de Enjuiciamiento Civil
- Se introducen cambios en el procedimiento de desahucio cuando afecte a hogares vulnerables.
– Se aprueban una serie de medidas fiscales:
- En el IBI: se exceptúa la obligación de que los entes públicos repercutan este impuesto cuando arrienden vivienda con renta limitada.
- Respecto de las viviendas desocupadas, se prevé que dicho concepto se delimite por normativa estatal o autonómica, posibilitando que los Ayuntamientos puedan aplicar el correspondiente recargo o recargos en función del período de desocupación del inmueble.
- Se crea una bonificación potestativa para viviendas alquiladas con renta limitada de hasta un 95%.
- En la modalidad de Transmisiones Patrimoniales Onerosas del ITPyAJD, se deja exento el arrendamiento de inmuebles para uso estable y permanente, operaciones de las que es sujeto pasivo el arrendatario.
Las medidas fiscales ya están en vigor desde el pasado miércoles 19 de diciembre, y las modificaciones en las normas que rigen los contratos de arrendamiento afectarán solo a los firmados a partir de esa fecha.
Podéis acceder al RD Ley aprobado a través de este enlace: https://www.boe.es/boe/dias/2018/12/18/pdfs/BOE-A-2018-17293.pdf